La Asociación de Empresas del Metal de Madrid (Aecim), y más concretamente su Gabinete Jurídico, ha emitido un comunicado esta semana para recordar la obligatoriedad que tienen las empresas de inscribirse en el registro territorial del Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables (IEEPNR).
Desde el Gabinete Jurídico de la Asociación especifican qué empresas tienen la obligación de inscribirse:
- Aquellas que ostenten la consideración de fabricantes de productos que contengan plástico no reutilizable. En caso de que las empresas realicen la actividad de fabricación en más de una comunidad autónoma, deberán formalizar la inscripción en cada uno de los territorios en los que se hallen.
- Aquellas que sean adquirentes intracomunitarias de productos que contengan esta clase de plásticos, salvo que el peso total de este plástico no supere los cinco kilogramos en un mes natural. Esta cantidad computa tanto el plástico ya adquirido, como el que se tenga previsto adquirir en este periodo.
También precisan que no están obligadas a inscribirse aquellas empresas que importen plástico no reutilizable desde territorios fuera de la Unión.
De igual modo, el área jurídica de Aecim se ha puesto a disposición de las empresas que necesiten resolver cualquier duda sobre este controvertido impuesto al plástico, y facilitan sus datos de contacto. (Teléfono: 91 561 03 30; correo electrónico: fiscal4@aecim.org).
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