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Antoni Cañete, presidente de la PMcM.
Antoni Cañete, presidente de la PMcM.

La PMcM pide a España que siga el ejemplo británico y aplique multas a las empresas morosas

Por Beatriz Depares

La Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM) quiere que España siga el ejemplo del Reino Unido en materia de morosidad. El país británico creará un régimen sancionador para las grandes compañías que no pagan en plazo a sus proveedores. Una medida que complementa otras propuestas como la obligatoriedad para los comités de auditoría de informar de las prácticas de pago en los informes anuales de las compañías.

Para Antoni Cañete, presidente de la PMcM, se trata de “un hito histórico que tome este tipo de medidas un país como Reino Unido, en el que la gran mayoría de las empresas pagan sus facturas a tiempo y donde en los cinco últimos años se ha reducido a la mitad la cantidad adeudada en pagos atrasados”.

“Conscientes del gran impacto que los retrasos en los pagos pueden tener en la capacidad de una pequeña empresa para planificarse, invertir y crecer, en Reino Unido han sabido comprender que poner fin a la cultura de la morosidad impulsa la productividad de las pymes, elimina barreras al crecimiento y mejora el flujo de efectivo”, añade Cañete.

Según el sexto ‘Análisis de comportamiento de Pagos Empresarial 2019’, de Informa D&B, el régimen sancionador es para el 46 % de los encuestados la medida fundamental para mejorar la morosidad, mientras que un 15 % opina que habría que obligar a las empresas a publicar sus plazos de pago reales.

Pendientes de la Proposición de Ley de Refuerzo de Lucha contra la Morosidad

Cañete ha pedido a los grupos parlamentarios que en cuanto se forme Gobierno “se agilice el trámite en el Congreso de la Proposición de Ley de Refuerzo de Lucha contra la Morosidad”.

El presidente de la PMcM ha destacado que la nueva ley traerá consigo un régimen sancionador que multará a las empresas morosas, “un punto de inflexión que seguro reducirá la lacra de la morosidad en nuestro país; no olvidemos que España es el país de la UE con los plazos de pago más largos, según el último informe de la Comisión Europea”. E insiste a que se mantenga “la norma imperativa que establece el artículo 4.3 de la Ley 3/2004 de 29 de diciembre, que prohíbe pactar una ampliación del plazo de pago en las operaciones comerciales por encima de los 60 días naturales”. Asimismo, reclama que esta norma imperativa “se haga extensiva al artículo 17 (“Pagos a los proveedores” de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista), puesto que en la actualidad este artículo no fija ningún límite temporal para pactar un plazo de pago con los proveedores cuando los productos no son de alimentación ni de gran consumo”.

Según el análisis de Informa D&B, aunque el 49 % de las empresas españolas asegura conocer la directiva europea sobre morosidad, solo el 14 % aplica a sus clientes intereses de demora por retrasos en los pagos. Asimismo, casi el 70 % empresas españolas considera que la legislación no ha mejorado los plazos de pago, ya se trate de empresas con transacciones interempresas, con consumidores o con la Administración.

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