Este sábado, 28 de mayo, ha entrado en vigor la modificación de la Ley General para Defensa de los Consumidores y de la Ley de Competencia Desleal, que obliga a las empresas a indicar si las reseñas online que acompañan a sus bienes y servicios son de personas que realmente los han usado o adquirido.
Desde esta fecha, las empresas deben indicar la veracidad de las opiniones, además de incluir una información clara y detallada sobre la manera en que se procesan dichas reseñas.
Entre otras, con la modificación de la ley se consideran prácticas engañosas:
El incumplimiento de estos requisitos será considerado una “práctica desleal”, según aparece reflejado en el documento oficial. Las sanciones podrían llegar al millón de euros en caso de ser consideradas muy graves.
También podrá haber sanciones de hasta ocho veces el beneficio que se haya obtenido de forma ilícita, cuando la infracción se cometa en España, y de hasta el 4 % del volumen de facturación cuando se cometan infracciones en varios países de la Unión Europea.
Al margen de sanciones económicas, las autoridades también podrán imponer el cierre de establecimientos hasta cinco años y la requisa de mercancías.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ya realizó un estudio en 2019 en el que alertaba que hasta un 8,4 % de los productos y servicios que se venden por internet están influenciados por opiniones falsas o interesadas (fake reviews).
Desde la organización recuerdan cómo detectar estas posibles reseñas falsas:
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