La resolución sienta un precedente clave para el sector al responsabilizar a la tienda por el "riesgo del negocio", considerando una negligencia que los clientes deban transportar objetos voluminosos sin advertencias de seguridad claras ni asistencia por parte del personal.
Leroy Merlin deberá indemnizar a una clienta que sufrió un accidente en su establecimiento de Sabadell en enero de 2015. Así lo determina una reciente resolución de la Audiencia Provincial de Barcelona, dictada en febrero de este año y a la que ha tenido acceso C de Comunicación.
Los hechos ocurrieron mientras la afectada esperaba en la cola de la sección de corte de madera. En ese momento, a otro cliente se le resbaló de las manos un tablero de grandes dimensiones que impactó directamente contra el pie izquierdo de la demandante.
Tras el accidente, la clienta reclamó a la multinacional una indemnización de 9.057,27 euros por una lesión que requirió 8 días impeditivos y 222 días de curación, dejándole secuelas dolorosas y ocasionándole un perjuicio económico.
Más allá de la indemnización, que la Audiencia Provincial rebaja drásticamente de los 9.057 euros a los 942 euros ya que la clienta no pudo acreditar la gravedad de las lesiones, la resolución deja un relevante asunto de fondo, sobre todo en establecimientos como las superficies de bricolaje donde se manejan de forma diaria objetos voluminosos.
La seguridad y vigilancia en las tiendas de bricolaje
Durante el proceso judicial, Leroy Merlin alegó que ningún local comercial puede tener a un trabajador vigilando cada carro y defendió que la empresa no pudo evitar el suceso, al tratarse de un accidente fortuito derivado de “la interacción entre dos clientes que se encontraban dentro de la tienda realizando sus compras“.
El juzgado de instancia rechazó este argumento y declaró la responsabilidad de la empresa, una decisión que ahora ratifica la Audiencia Provincial. La justicia determinó que la tienda carecía de “cartel explicativo sobre la manera de transportar los elementos” y que los empleados “no tienen encomendada la labor de auxiliar a los clientes cuando portan elementos de grandes dimensiones”.
“No puede alegarse que son los usuarios quienes han de transportar por ellos mismos los elementos comprados, como si como si se tratara de un simple supermercado, donde se compran cosas pequeñas, sin peligro alguno, y por ello considero que hay falta de responsabilidad y negligencia por no poner medios encargados de auxiliar a los usuarios“, relató el juzgado de instancia en su sentencia.
¿Por qué es relevante para el sector?
En el derecho de consumo español está consolidado que la empresa es garante de la seguridad de los clientes dentro del local. Esto aplica, fundamentalmente, a incidentes directos con la tienda, como puede ser la caída de un objeto desde una estantería por mala colocación.
La relevancia de este fallo radica en que analiza un accidente provocado por la interacción exclusiva entre dos clientes, pero lo enmarca dentro del “riesgo del negocio”. Y esto marca una interpretación clave para el modelo de negocio de las ferreterías, las tiendas de bricolaje o los suministros industriales.
En síntesis, la justicia entiende que tiendas como Leroy Merlin y similares basan su negocio en que el cliente coja, cargue y transporte objetos grandes y pesados.
Esto crea un escenario de riesgo que, ante posibles faltas de medidas -señalización adecuada, empleados auxiliando esas tareas…- puede acarrear responsabilidad directa por parte del establecimiento, aun cuando el accidente se produzca, como en este caso, de forma fortuita entre dos clientes.















