Estricto toque de queda en Castilla y León: servicios urgentes sí, pero ferreterías cerradas (V)

Hemos hablado con la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León para saber todos los detalles sobre la apertura de comercios entre las 20:00 h. y las 6:00 h, tras la decisión del Gobierno regional de adelantar el toque de queda nocturno.
Por Ángeles Moya
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Castilla y León es, hasta el momento, la única Comunidad Autónoma que ha establecido el toque de queda nocturno a partir de las 20:00 h. Aunque esta medida ha sido recurrida por el Gobierno central, de momento sigue vigente y lo estará, si la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo no la echa para atrás, hasta que finalice el estado de alarma decretado por el Ejecutivo el pasado mes de noviembre (es decir, hasta el día 9 de mayo).

La decisión de adelantar el toque de queda fue adoptada por el Gobierno regional el pasado 15 de enero. Así, desde las 20:00 h. y hasta las 6:00 h. no se podrá circular por la vía pública, salvo para las excepciones previstas en el Real Decreto de 25 de octubre por el que se establecía un nuevo estado de alarma en toda España para frenar la expansion del COVID-19, permitiendo su gestión a las distintas Comunidades Autónomas.

Entre esas excepciones se encuentra la posibilidad de desplazarse para adquirir bienes de primera necesidad, pero, en el caso de Castilla y León, “las ferreterías no se consideran servicios esenciales, ni venden productos que se puedan considerar esenciales, como por ejemplo ocurre en el caso de las farmacias, por lo que deberán cerrar a las 20:00 h. como muy tarde”, según han explicado fuentes de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León a C de Comunicación.

Estas fuentes indican que, en la nueva normativa por la que se establece el nuevo toque de queda, “no hay normas específicas para los comercios, pero si a las 20:00 h. ya no se puede circular por la calle, no tiene sentido que permanezcan abiertos más allá de esa hora”.

Servicios urgentes sí

Como otra de las excepciones a la libertad de movimientos es “el retorno al lugar de residencia habitual” una vez concluido el “cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales”, las fuentes consultadas aclaran que un ferretero, o cualquier otro comerciante, “sí puede regresar a su casa a partir de las 20:00 h, aunque, lo más lógico sería que cerrasen antes para facilitar el regreso de los clientes a sus hogares”, añaden las mismas fuentes.

Y también aclaran: “Si cualquier persona tiene que estar en su casa a las 20:00 h, no creo que a esas horas estén comprando en comercios que no sean esenciales, puesto que la norma no contempla como excepción el retorno al lugar de residencia habitual por haber estado haciendo compras que no sean productos esenciales”.

Al preguntar sobre los servicios urgentes de apertura de puertas, cerrajería, etc. que proporcionan algunas ferreterías, el portavoz de la Consejería de Sanidad con el que hemos hablado hace una distinción: “En esos casos, es el ferretero el que se tiene que desplazar para prestar ese servicio, que sí es esencial, pero no por ello tiene que estar abierta la ferretería”. Es decir, que los servicios urgentes sí pueden realizarse entre las 20:00 h. y las 6:00 h, pero la ferretería debe estar cerrada.

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