A medida que los casos de COVID-19 se van incrementando en toda España, las Comunidades Autónomas endurecen sus restricciones. Muchas de ellas afectan considerablemente a los comercios y, más concretamente, a ferreterías y centros de bricolaje, cuya problemática gira en torno a la esencialidad o no de sus actividades.
Al no haber un criterio generalizado para toda España, la competencia de determinar los servicios esenciales corresponde a las Comunidades Autónomas. Unas, como Andalucía, Aragón y Asturias, reconocieron hace meses la esencialidad de las ferreterías; otras, como Cataluña, no han reconocido a estos comercios como esenciales, pero sí han reconocido como tal algunos de los productos que venden.
El sector sigue reclamando un reconocimiento a nivel nacional; mientras, ferreterías y centros de bricolaje tienen que adaptarse a las nuevas y cambiantes restricciones, condicionadas por la evolución de la pandemia.
En el repaso que estamos haciendo para saber cuál es la situación actual en las diferentes regiones españolas, hoy informamos sobre las duras restricciones adoptadas en Extremadura, que, en este caso, no afectan al sector.
Las ferreterías son esenciales
Desde hoy, día 14 de enero, y hasta las 00:00 h. del día 20, estarán en vigor las nuevas restricciones aprobadas por el Ejecutivo extremeño. Además de establecerse el cierre perimetral de todos los municipios de Extremadura, el Gobierno regional ha decretado lo siguiente con respecto al comercio:
"En los municipios de más de 5.000 habitantes, se procederá al cierre de los establecimientos que desarrollen la actividad comercial minorista, tanto dentro como fuera de centros y parques comerciales, a excepción de aquellos considerados servicios esenciales".
Según ha confirmado el Gobierno regional a C de Comunicación, las ferreterías podrán abrir, como así lo recoge expresamente el Acuerdo de 13 de enero de 2021 del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se establecen medidas especiales y excepcionales de intervención administrativa en relación con los establecimientos de hostelería y restauración, el comercio, los establecimientos de juegos y apuestas, y otras actividades de ocio en los municipios de más de 5.000 habitantes en la Comunidad Autónoma de Extremadura.