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No será obligatorio marcar los productos con el sello UKCA hasta el 1 de enero de 2022.
No será obligatorio marcar los productos con el sello UKCA hasta el 1 de enero de 2022.

El marcado CE seguirá siendo válido en Reino Unido… ¿hasta cuándo?

Por Ángeles Moya
El Ejecutivo británico ha decidido establecer un periodo transitorio hasta que se implante el marcado UKCA.

No es que el Brexit (el proceso de salida de Reino Unido de la Unión Europa) no se vaya a llevar a efecto. De hecho, está previsto que el periodo de transición recogido en el acuerdo de retirada (el que establece las condiciones de salida) acabe el próximo 31 de diciembre.

Sin embargo, el Gobierno británico está estableciendo periodos transitorios para determinadas actividades comerciales con la finalidad de que su economía no se vea perjudicada, al menos de momento, tras su salida de la UE.

Una de las decisiones recientemente adoptadas por el Ejecutivo que dirige Boris Johnson es que el marcado CE sea aceptado hasta el 31 de diciembre de 2021. A partir de ese momento, los productos que se quieran vender en Reino Unido deberán estar ‘homologados’ en función del marcado UKCA (UK Conformity Assessed en inglés).

Es decir, que el marcado UKCA sustituirá al marcado CE en el Reino Unido pos-Brexit y será obligatorio para aquellos productos que se venían comercializando con el marcado CE a partir del 1 de enero de 2021.

Por tanto, “no será obligatorio marcar los productos con el sello UKCA hasta el 1 de enero de 2022 y los procesos para establecer la conformidad serán los mismos que hasta ahora”, según ha explicado al área de ferretería y bricolaje de C de Comunicación la Asociación de Fabricantes de Material Eléctrico (AFME).

ESKUIN no hace valoraciones

ESKUIN, el Clúster de la Ferretería y el Suministro Industrial que representa a 22 empresas que fabrican herramientas de mano y productos de ferretería en España, ha agradecido el “interés” de este medio al preguntarles sobre este asunto y pedir una valoración sobre su repercusión en el sector al que representa, pero ha puesto de manifiesto que “no están interesados en realizar una valoración” al respecto.

AFME, por su parte, ha detallado a C de Comunicación que aquellas compañías que exporten al Reino Unido deberán marcar los productos que comercialicen en este país con el marcado UKCA y hacer una autodeclaración de conformidad, tal y como se realiza con el marcado CE. “Los productos que se están vendiendo hasta ahora con el marcado CE simplemente tendrán que llevar un marcado adicional (el UKCA)”, añaden.

Asimismo, aquellos productos sujetos a certificación obligatoria por una tercera parte tendrán que estar certificados por un organismo reconocido por el Reino Unido (UK-recognised notified body) y sí que tendrán que llevar el marcado UKCA a partir del 1 de enero de 2021.

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