Las ferreterías y suministros industriales están obligados a presentar información, antes de las 23:59 h de hoy, de las mascarillas y otros productos de protección que obran en su poder, siguiendo lo establecido por el Ministerio de Sanidad. Desde Agrefema, el gremio de ferreterías de Madrid, explican cómo hacerlo.
Productos afectados
- Mascarillas quirúrgicas, de tipo II y IIR.
- Mascarilla protección FFP2.
- Mascarilla protección FFP3.
- Kits PCR diagnóstico COVID-19 y sus consumibles. Kits de diagnóstico rápido (detección de antígeno). Hisopos.
- Gafas de protección.
- Guantes de nitrilo, con y sin polvo. Batas desechables e impermeables.
- Solución hidroalcohólica (biocida y cosmético) y sus materias primas.
- Dispositivos ventilación mecánica invasiva (VMI).
- Fungibles o consumibles de equipos de VMI.
- Alcoholes sanitarios.
Para comunicar la información, se ha de utilizar el modelo de declaración que aparece en la última página de este PDF. Dicho modelo hay que notificarlo en la sede electrónica del Ministerio de Sanidad antes de las 23.59 de hoy, martes, 17 de marzo.
Desde Agrefema señalan que el gremio “continúa manteniendo informados a todos sus socios de todas las novedades que se van publicando y, su personal, sigue atendiendo a las ferreterías para cualquier consulta o duda que le surja, intentando mantener la actividad con los asociados dentro de la mayor normalidad posible.”















Julián, así lo asegura el gremio de ferreterías de Madrid.
Según el PDF del BOE, las empresas concernidas son fabricantes e importadores (mayoristas), punto segundo de la disposición. ¿Realmente las ferreterías y suministros están obligados a declararlos?.