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Foto: Asepal.

Nueva normativa comunitaria para el calzado de seguridad

Por Ángeles Moya

La Comisión Europea publicó el pasado 11 de mayo una serie de normas sobre condiciones de comercialización de Equipos de Protección Individual (EPI), y una de ellas (la EN ISO 20345:2022) describe requisitos aplicables al calzado de seguridad.

Según ha informado la Asociación de Empresas de Equipos de Protección Individual (Asepal), en la publicación se establece un periodo transitorio hasta el 11 de noviembre de 2024.

Durante el periodo de transición, los fabricantes pueden poner en el mercado calzado conforme a cualquiera de las dos normas (la de 2022, que es la de nueva implantación, o la anterior, que es de 2011).

Calzado de seguridad: cambios en la normativa

Las principales novedades tienen que ver con la resistencia al deslizamiento y a la perforación, y con la penetración y absorción de agua en la parte superior del calzado. Pero también se han introducido nuevas categorías de marcado, según detallan desde Asepal.

1.-Resistencia al deslizamiento: en la nueva norma (ISO 20345:2022) todo el calzado debe superar un ensayo de resistencia al deslizamiento sobre baldosa cerámica y disolución jabonosa. El nuevo coeficiente de deslizamiento mínimo es algo mayor que en la norma predecesora.

Este requisito básico no lleva ningún marcado asociado. De hecho, desaparecen los marcados ‘SRA’, ‘SRB’ y ‘SRC’. Pero si el fabricante quiere realizar un ensayo adicional y optativo sobre una baldosa cerámica con glicerina, el calzado se marcará con el código ‘SR’.

2.-Requisitos de resistencia a la perforación: se han introducido nuevos marcados para calzado con protección anti-perforación. Anteriormente se utilizaba el marcado ‘P’ sin especificar el material de protección y el tamaño del clavo usado en los ensayos.

Ahora se distingue entre distintos marcados: ‘P‘ (protección anti-perforación fabricada en acero, clavo de ensayo de 4,5 mm.); ‘PL’ (protección anti-perforación no metálica, clavo de ensayo de 4,5 mm.); y ‘PS’ (protección anti-perforación no metálica, clavo de ensayo de 3 mm.). Un menor diámetro del clavo supone mayores requisitos de protección.

3.-Penetración y absorción de agua en la parte superior del calzado: el requisito WRU (parte superior resistente al agua) se ha cambiado por WPA, que describe el efecto repelente al agua de la parte superior del calzado.

4.-Nuevas categorías: se han creado las categorías S6 y S7 para el calzado clase I, que indican la resistencia completa al agua del calzado.

Aclaración de Asepal

Desde Asepal aclaran que el calzado de seguridad conforme a la normativa de 2011 (EN ISO 20345:2011) que se haya puesto en el mercado antes del 11 de noviembre de 2024, y que esté en los almacenes de los fabricantes o distribuidores, podrá seguir comercializándose. 

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