El Consejo de Ministros ratificará hoy la prórroga a los ERTE por fuerza mayor acordado con sindicatos y patronal el pasado viernes, 8 de mayo. Un acuerdo que fue rubricado ayer por el presidente del Gobierno y los líderes de las patronales CEOE y Cepyme y de los sindicatos UGT y CC.OO.
Esta medida se toma, tal y como indicó la Moncloa y Pedro Sanchez en Twitter, para “proteger el empleo y la actividad productiva, a los trabajadores y empresas, para que nadie quede atrás a causa del #COVID19”
Hoy firmamos un #AcuerdoSocial con sindicatos y patronal para prorrogar los ERTE hasta el 30 de junio y seguir protegiendo el empleo. Ese es el camino que el Gobierno está decidido a recorrer: reconstruir el país con diálogo y unidad para conseguir, juntos, que nadie quede atrás. https://t.co/bObNdsjKo4
— Pedro Sánchez (@sanchezcastejon) May 11, 2020
Así, gracias al Acuerdo Social en Defensa del Empleo, los ERTE por fuerza mayor se prorrogan hasta el próximo 30 de junio de 2020 “para aquellas empresas que no puedan reanudar su actividad por causas de fuerza mayor”.
Desde Moncloa han informado que las empresas que puedan recuperar parcialmente su actividad podrán proceder a la incorporación de personas trabajadoras, afectadas por ERTE, primando los ajustes en términos de reducción de jornada.
Las empresas deberán comunicar a la autoridad laboral la renuncia total, en su caso, al ERTE en un plazo de quince días y al SEPE las variaciones en los datos de personas trabajadoras incluidas en esos expedientes.
El Acuerdo incluye además la modificación de la Disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, que garantiza el compromiso del mantenimiento del empleo, por parte de las empresas, en un plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de su actividad, entendiendo por tal la reincorporación al trabajo efectivo de personas afectadas por el expediente, aun cuando esta sea parcial o solo afecte a parte de la plantilla.
Nueva categoría de ERTE y exoneración de cuotas
El Acuerdo Social en Defensa del Empleo mantiene la exoneración de las cuotas a la Seguridad Social para las empresas que continúen en ERTE de fuerza mayor total, exoneración que será del 75 % para empresas de 50 o más trabajadores.
Además, en el Acuerdo se introduce una nueva categoría de ERTE para las empresas que puedan reiniciar su actividad, denominado “de fuerza mayor parcial“, que durará hasta el próximo 30 de junio. Durante este periodo, las empresas pueden combinar trabajadores en actividad y suspendidos y por todos ellos habrá exoneraciones en las cuotas que se pagan a la Seguridad Social.
Para incentivar la reincorporación a los puestos de trabajo del mayor número de trabajadores en ERTE, las exenciones serán mayores para los empleados que regresen a la actividad que para quienes continúen suspendidos. En concreto, las empresas de menos de 50 empleados tendrán una exención de cotizaciones del 85 % en las cotizaciones devengadas en el mes de mayo y del 70 % en las devengadas en junio para los trabajadores que retomen la actividad. Para los que continúen suspendidos, también habrá exoneración, pero será menor: del 60 % para las cotizaciones devengadas en mayo y del 45 % para las de junio.
En el caso de las empresas de 50 o más trabajadores, la exención para los empleados que se reincorporen será del 60 % y del 45 % para las cotizaciones devengadas en mayo y junio, respectivamente. Para los trabajadores que no se reincorporen, la rebaja será del 45 % en mayo y del 30 % en junio.
Las exenciones en la cotización se aplicarán por la Tesorería General de la Seguridad Social, a instancia de la empresa, previa comunicación sobre la situación de fuerza mayor total o parcial, así como de la identificación de los trabajadores afectados y el periodo de suspensión o reducción de la jornada.
Reparto de dividendos y transparencia fiscal
El Acuerdo Social también introduce dos cláusulas que aluden al reparto de dividendos y a la transparencia fiscal. Las empresas y entidades que tengan su domicilio fiscal en paraísos fiscales no podrán acogerse a la prórroga de los ERTE por fuerza mayor.
Además las empresas y entidades que se acojan a los beneficios derivados de la prórroga de los ERTE por fuerza mayor no podrán proceder al reparto de dividendos durante el ejercicio fiscal correspondiente a la aplicación de los ERTE, excepto si devuelven la parte correspondiente a la exoneración aplicada a cuotas de la Seguridad Social.
Comisión tripartita
El Acuerdo Social contempla además la creación de una Comisión de Seguimiento tripartita laboral del proceso de desconfinamiento entre los Ministerios de Trabajo y Economía Social, Inclusión y Agentes Sociales (CEOE, CEPYME, UGT y CCOO) para el seguimiento de medidas en la fase de excepcionalidad atenuada.
Esta Comisión se reunirá, con carácter ordinario, el segundo miércoles de cada mes, previa convocatoria remitida por el Ministerio de Trabajo y Economía Social y con carácter extraordinario, siempre que lo soliciten tres de las cuatro organizaciones integrantes de la misma. La Comisión será consultada para la posible prórroga de ERTE más allá del 30 de junio.